-PRINUAR
SOLICITUD DE
CATEGORIZACIÓN
DOCENTE-INVESTIGADOR
PROGRAMA PARA LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA ARGENTINA (PRINUAR)
Solicitud de Categorización Docente- Investigador
El PRINUAR tiene el objetivo de jerarquizar la investigación científica y el desarrollo (I+D) y de las artes en el ámbito del Sistema Universitario Argentino.
El nuevo programa prevé llamados a categorización para ingreso y promoción cada dos años, y cada 4 años para permanencia.
Las categorías a las que puede postularse cada docente-investigador se identificarán como I, II, III, IV o V, siendo I la máxima categoría.
Las áreas de conocimiento en el PRINUAR son:
-Ciencias Naturales y Exactas: Biología, Ciencias de la Tierra, Mar y de la Atmosfera; Física, Astronomía y Geofísica; Matemática; Química.
-Ciencias Médicas y de la Salud: Medicina, Odontología y Ciencias de la Salud; Veterinaria, Bioquímica y Farmacia
-Ciencias Agrícolas y del Ambiente: Agronomía.
-Ciencias Sociales y Comunicación: Antropología, Sociología y Ciencias Políticas; Derecho y Jurisprudencia; Economía, Administración y Contabilidad.
-Humanidades y Educación: Educación, Filosofía, Historia y Geografía; Literatura y Lingüística; Psicología.
-Ingenierías y Tecnologías: Arquitectura; Ingeniería.
-Artes: Artes.
El procedimiento es muy similar al que se utiliza para la solicitud de pago de incentivos y toma todos los datos de CVAR.
Las novedades sobre el PRINUAR se publican en el sitio web especial para el programa del Ministerio de Educación de la Nación. argentina.gob.ar/educacion/universidades/prinuar
DETALLES DE LA CONVOCATORIA
Las categorías obtenidas durante los años 2011 y 2014 caducarán indefectiblemente al cierre de la convocatoria del PROGRAMA PARA LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITA-RIA ARGENTINA – Año 2025, si el docente investigador no realiza una nueva solicitud de categorización en la presente y/o posteriores convocatorias
Los categorizados en 2014 NO están obligados a presentarse, pero podrán hacerlo voluntariamente para aspirar a una promoción. Importante
Los docentes categorizados en 2014 con recurso resuelto en 2022 SI están obligados a presentarse. Además, deberán desestimar formalmente por los medios que se fijen en el programa, de la continuidad del trámite previo.
En este llamado a categorización deberán presentarse todos los categorizados en 2009.
Podrán presentarse los no categorizados con una antigüedad de dos años o más en la institución.
Quienes posean una antigüedad menor a dos años SI podrán presentarse a la convocatoria:
Si usted tiene un cargo docente rentado y reviste una antigüedad menor a dos años, una vez enviada la solicitud de categorización, quedará pendiente hasta que la institución la apruebe por sistema una vez culminada la convocatoria. El solicitante no debe hacer ninguna gestión adicional. (La UNC se encargará de gestionar las fundamentaciones necesarias – Procedimiento a confirmar)
La Comisión Directiva podrá extraer una muestra aleatoria del conjunto de los postulantes, a quienes se les solicitará toda la documentación complementaria que acredite los antecedentes consignados en la solicitud de categorización.
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REQUSITOS DE LA CONVOCATORIA
Para incorporarse al PRINUAR y permanecer en él, es necesario que el/la Docente Investigador/a cumpla los siguientes requisitos:
a) Ser docente universitario rentado en carácter de ordinario o regular, o bien como docente interino con una antigüedad mínima de dos años continuados en el cargo.
a.1) Podrán participar profesores consultos, honorarios o eméritos, o aquellos docentes universitarios rentados que revistan como interinos con una antigüedad menor a los DOS (2) años; en ambos casos mediando solicitud fundada de las instituciones universitarias.
(La UNC se encargará de gestionar las fundamentaciones necesarias – Procedimientos a confirmar- )
a.2) Podrán solicitar categorización los docentes-investigadores que al momento de la convocatoria se encuentren haciendo uso de alguna licencia en su cargo docente.
b) Demostrar actividad en I+D, a través de producción científica o tecnológica comprobable, o en artes, sujeta a evaluación a través de la reglamentación específica.
c) En caso de que la o el postulante tenga en trámite la asignación de una categoría en una convocatoria de categorización, sólo podrá presentarse en la siguiente convocatoria después de realizar la desestimación formal, por los medios que se fijen en el programa, de la continuidad del trámite previo.
CATEGORÍAS
Para la asignación de categorías se tomarán en cuenta el desempeño y los logros en las siguientes dimensiones de análisis:
DIMENSIONES COMUNES
El cargo docente de revista
La formación de posgrado, asimilando el mérito equivalente en docentes investigadores de más de 55 años de edad, para las categorías I, II y III
Los resultados de las actividades de I+D o investigación en artes
Las actividades de vinculación tecnológica realizadas a partir de los resultados del proceso de investigación o las capacidades científicas instaladas
La formación de RRHH del más alto nivel, vinculados al posgrado: dirección de estudiantes, dirección de investigadores y becas doctorales de instituciones y organismos de ciencia y técnica reconocidos
La dirección de proyectos de I+D y/o de investigación en artes
La contribución al desarrollo de capacidades institucionales en Ciencia, Tecnología o investigación en artes
La participación en proyectos de I+D, vinculación tecnológica y/o de investigación en artes
Por el posgrado de docentes mayores de 55 años: Se deberá evaluar (o demostrar) que durante los últimos DIEZ (10) años la o el postulante ha desarrollado una continua actividad de formación de recursos humanos, comprobable a través de autorías conjuntas en desarrollos de nuevas tecnologías, en artes, patentes, libros, artículos publicados en revistas de amplio reconocimiento (preferentemente indexadas).
Para la formación de RRHH: Podrá considerarse también la formación de estudiantes de grado en actividades de investigación acreditadas fehacientemente por las instituciones universitarias; o a través de becas de estímulo o iniciación a la investigación, acreditadas en universidades u organismos del sistema científico tecnológico integrantes del CICyT.
Asimismo, se podrán considerar aquellas que se promueven desde la Secretaría de Políticas Universitarias, Consejo Interuniversitario Nacional, o aquellas iniciativas que, a criterio de la Comisión Directiva del Programa, se pueda considerar como estímulo a la vocación científica ya sea de organismos nacionales o internacionales.
DIMENSIONES ESPECÍFICAS
Las condiciones específicas que deberán cumplir las y los postulantes, para acceder a cada una de las categorías contempladas en el PRINUAR serán las siguientes:
Categoría V
Docente en formación inicial como investigador o tecnólogo, que desarrolla actividades de I+D o investigación en artes en puestos que requieren supervisión, o es estudiante de maestría o doctorado
Categoría IV
Docente que posee preferentemente título de especialista o magíster; o bien actividad profesional equivalente según la reglamentación específica, ha desarrollado actividades de I+D o de investigación en artes, realizando una labor creativa y demostrando aptitudes para ejecutarlas bajo la guía o supervisión de otros, con producción o acciones de vinculación tecnológica comprobables
Categoría III
Docente que ha alcanzado la autonomía en la producción académica y la capacidad de planear y ejecutar una investigación o desarrollo por sí sólo, así como de colaborador eficientemente en equipos. Posee título de magister o doctor. Ha realizado trabajos originales en investigación científica, artes o en desarrollo y transferencia. Ha iniciado la formación recursos humanos del más alto nivel vinculados al posgrado, dirección de estudiantes de posgrado; o bien a través de la dirección de, al menos, estudiantes de grado en proyectos de investigación debidamente acreditados, becas de estímulo o iniciación a la investigación.
Categoría II
Docente que, además de las condiciones de las categorías anteriores, posee título de doctor, se destaca por haber realizado una extensa labor científica, o de desarrollo tecnológico y transferencia, de originalidad y jerarquía reconocidas, revelada por sus producciones y por la influencia de sus trabajos en el adelanto de su especialidad en el campo de la ciencia, las artes o de la tecnología. Posee capacidad para la formación de recursos humanos en todas sus dimensiones, para la dirección de grupos de investigación y al menos ha sido director o codirector de una tesis de Maestría o Doctorado aprobada.
Categoría I
Docente que, además de las condiciones de las categorías anteriores, posee título de doctor, demuestra haber realizado una extensa labor original de investigación científica, en artes o de desarrollo tecnológico y transferencia, de alta jerarquía que lo sitúa entre el núcleo de los especialistas reconocidos en el ámbito nacional e internacional. Se ha destacado en la formación de recursos humanos en todas sus dimensiones, con un mínimo de (dirección o codirección) de dos tesis doctorales aprobadas, y por su contribución al desarrollo de capacidades institucionales en Ciencia y Tecnología o artes, sea por la responsabilidad en la creación, conducción o crecimiento institucional, bajo criterios comprobables.
En las Categorías III, IV y V serán reconocidos los mayores de 55 años que sin poseer título de Doctor cuenten con una experiencia académica equivalente, con las condiciones establecidas en el punto 1 -b).
PREGUNTAS FRECUENTES
Para la presentación de su solicitud deberá tener su CVar actualizado y una vez habilitada la convocatoria realizar la solicitud de categorización en el sitio web www.prinuar.siu.edu.ar , previa importación de los datos del CVAr
La solicitud de categorización se solicitará a través del sitio web https://prinuar.siu.edu.ar/, previo registro en el mismo o bien, para el caso de docentes ya categorizados, utilizando el mismo usuario que se empleó en categorizaciones previas o para solicitudes de incentivos.
Quienes hubieran olvidado su clave de acceso, pueden solicitarla a través del mismo portal.
Para los docentes que requieran actualizar su email, los usuarios administradores de universidad podrán ingresar al sistema y modificarlos y de esa forma podrán recuperar su contraseña.
No es necesario realizar la impresión de documentación de la presentación de la Solicitud de Categorización y/o CVar. Su presentación física no es requerida en el PRINUAR.
Si usted posee información en los sistemas SIGEVA CONICET o SIGEVA Universidades puede sincronizar los datos a CVAr, siguiendo el instructivo disponible en https://sigevasycvar.my.canva.site/#inicio
Una vez realizada la apertura de la convocatoria, mientras no envíen la solicitud de categorización, pueden actualizar el CVar, hasta antes del cierre de la convocatoria (ver fechas según terminación de DNI)
IMPORTANTE: El impacto de la actualización de CVAr en la solicitud requiere, si o si, que se vuelvan a importar los datos previo al envío de la solicitud de categorizaciones.
La presente Convocatoria está destinada a todos aquellos docentes investigadores que, por cualquier circunstancia, no hubieran sido categorizados a la fecha, así como a aquellos que aspiren a ingresar al Programa o a promover la categoría vigente obtenida en procesos de categorización anteriores.
En esta convocatoria se dará por culminada la vigencia de las categorías obtenidas en el año 2009 al cierre de la presente Convocatoria, si el docente investigador no realiza una nueva solicitud de categorización en la misma.
Las categorías obtenidas durante los años 2011 y 2014 caducarán indefectiblemente al cierre de la convocatoria del PROGRAMA PARA LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA ARGENTINA - Año 2025, si el docente investigador no realiza una nueva solicitud de categorización en la presente y/o posteriores convocatorias.
Se dará por culminada, al cierre de la presente, la vigencia de las categorías de la Convocatoria 2014 cuya asignación se hubiere realizado en los términos de la Resolución Conjunta N° 1 de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN y la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICA TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN de fecha 19 de febrero de 2022 y, cuyos beneficiarios no solicitaron su categorización durante la presente Convocatoria.
En la presente convocatoria, en la resolución, se detallará una correspondencia de las áreas y disciplinas de la Categorización 2014 con las grandes Áreas del PRINUAR.
Serán las Comisiones de Áreas de Conocimiento las definirán la pertinencia de las postulaciones según lo establecido en el punto 5.1 del Anexo de la resolución ME 472/2023
En caso de cambiar de área se aplicará lo dispuesto en el punto 5.3 del reglamento PRINUAR detallado en el Anexo de la resolución ME 472/2023. “Aquellos docentes investigadores que deseen cambiar de área de conocimiento deberán presentarse en las convocatorias habilitadas para nuevos ingresos, realizando una nueva postulación de sus antecedentes”
Para participar de las Categorizaciones debe cumplir las condiciones establecidas en el reglamento publicado en https://www.argentina.gob.ar/educacion/universidades/prinuar. En caso afirmativo, dirigirse a la universidad correspondiente para verificar la información suministrada al PRINUAR.
(La UNC se encargará de gestionar las fundamentaciones necesarias – Procedimiento a confirmar)
Si usted tiene un cargo docente rentado y reviste una antigüedad menor a dos años, una vez enviada la solicitud de categorización, quedará pendiente hasta que la institución la apruebe por sistema una vez culminada la convocatoria. El solicitante no debe hacer ninguna gestión adicional.
El campo Documentación Adjunta no es obligatorio utilizarlo, ya que el CVar es una Declaración Jurada del postulante. Sin embargo puede utilizarse para incorporar documentación probatoria de antecedentes (resoluciones, becas postdoc, certificados, información adicional que no pueda incorporarse en CVar, etc.). Este campo fue habilitado para atender particularidades, aunque no de manera excluyente, al Área de Conocimiento Artes.
Análogamente, en el caso de la Beca de Investigación, allí se recomienda incorporar documentación que acredite la inscripción a la carrera de posgrado y de adjudicación de la beca por el organismo competente.
El banco de evaluadores está disponible en https://prinuar.siu.edu.ar/bancodeevaluadores/ En caso que el solicitante deba recusar a un evaluador, deberá hacerlo al momento de llenar la solicitud de categorizaciones, en el campo correspondiente.
La declaración de beca postdoctoral deberá hacerla en CVar e importar los datos. Únicamente en la solicitud debe indicarse la beca de maestría o doctorado. Si desea subir documentación probatoria de la beca posdoc puede hacerlo en el Campo Documentación Adjunta.
RESPUESTA de Prinuar
Si, la exigencia es tener dos tesis doctorales aprobadas.
Quedan fuera del programa.
El sistema muestra los cargos rentados vigentes informados por cada universidad a través del sistema RRHH PRINUAR (no es solamente el cargo que figura en CVar), en caso que el sistema muestre más de uno, o repetidos no hay problema ya que el requisito es que tener al menos un cargo rentado docente vigente en alguna universidad pública o privada.
Es decir, lo importante es que muestre al menos un cargo docente. Con eso es suficiente para categorizar. Tampoco con relación a incompatibilidades porque eso no se controla ni interesa en este caso.
Se importó rhun de marzo así que aparecen dobles porque una es la info de febrero y otra de marzo”.
Aparecen
1) Cargos de Febrero
2) Cargos de Marzo
3) Cargos que no se pagan y están en licencia
Quienes tuvieran categoría I firme en dos procesos de categorizaciones anteriores a PRINUAR, mantendrán dicha condición. A la brevedad se le informará el procedimiento para quedar registrados en esta condición en PRINUAR.
Desde el SIU comunican que sólo está la opción de CV resumen; pero están trabajando en más opciones.
INSTRUCTIVOS DE ENVÍO
INSTRUCTIVO DE ENVÍO: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2023/03/manual_de_usuario_prinuar_v1.pdf
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA:
https://drive.google.com/file/d/1WkuVjexDRjxR7PPqbegT0BHPuqgplFx0/view?usp=sharing